
Las disposiciones de la Ley Nº 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2003-MINDES, tienen por objetivo prevenir y sancionar el hostigamiento sexual en las relaciones de autoridad o dependencia, cualquiera sea la forma jurídica de esta relación.
En virtud de ello, mediante la Resolución Ministerial Nº 0201-2009-ED, publicada el día de hoy en el diario oficial El Peruano, se ha aprobado la Directiva Nº 006-2009-ME/SG “Procedimiento para la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el Sector Educación”. Así se ha dispuesto que la unidad de personal o dependencia que haga sus veces, de la Sede Central del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación, y Unidades de Gestión Educativa Local, lleve a cabo programas de capacitación y difusión de los alcances de la referida directiva.
Finalmente, es necesario precisar que el texto de la presente directiva será publicado en la página web del Ministerio de Educación: www.minedu.gob.pe



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